viernes, 19 de abril de 2013

SOLICITUDES AYUDAS PERIODICAS VIOLENCIA DE GÉNERO



  • El Art 18 del Decreto 191/2011, del 22 de septiembre, de organización y funcionamiento de los Registros de la Administración y las entidades públicas de la Comunidad Autónoma de Galicia:
    •  Art 18.1 : la validación mecánica o sellado de entrada inicial o salida, se hará constar en la primera pagina de la socitud, escrito o comunicación, de acuerdo con las normas en materia de identidad corporativa. En ella se reflejará, como mínimo, la oficina de registro de que se trate, la fecha y hora de presentación y el número de entrada o salida que se le asigne al documento.
    • En le caso de las ayudas periódicas para víctimas de violencia de género,                              LA SOCITUD ES EL ANEXO I DEL DOGA DEL 5 DE ABRIL 2013)
    • Art 18.3.:"Cuando el interesado no adjunte la copia, el personal de registro podrá optar entre expedir un recibo acreditativo no se hará constar la identificación de la oficina o registro, a la fecha y hora de presentación, número de registro, remitente, destinatario y un extracto del contenido de la socitud, escrito o comunicación que se registre; o bien realizar una copia de la solicitud, escrito o comunicación sobrel el cual se hará constar la misma validación mecánica o sellado que esté prevista en el art 1.


  • Fundamental para garantizar los derechos de las solicitudes, las siguientes pautas:
    • Las solicitudes, es decire el Anezo I del DOGA de 5 de abril, deben presentarse, acompañadas del resto de anexos y documentación, directamente en el registro. El Anexo I tendrá que ser sellado por el Registro, y un copia del mismo Anexo de solicitud se le falicilitará al solcitante, ya que ese es su comprobante de dicha solicitud.






1 comentario:

  1. chicas esta genial, os mereceis una matricula por lo menos, enhorabuena

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